martes, 31 de enero de 2023

PERFIL PSICOLÓGICO DEL SOSPECHOSO DEL FEMINICIDIO DE VALENTINA TRESPALACIOS

PERFIL PSICOLÓGICO DEL SOSPECHOSO DEL FEMINICIDIO DE VALENTINA TRESPALACIOS


 



El domingo 22 de enero de 2023, en la ciudad de Bogotá (Colombia), fue hallada muerta VALENTINA TRESPALACIOS, una D.J., de 21 años de edad. 

Su cuerpo fue encontrado en un contenedor de basuras, por un reciclador, cerca al aeropuerto de la misma ciudad. Según los medios de comunicación y, las audiencias iniciadas por la fiscalía, el indiciado es su novio JOHN NELSON POULOS, un hombre de 35 años, de origen norteamericano. 

A continuación, se presenta una aproximación al perfil psicológico de tal hombre, a partir de las fuentes de información ya señaladas (medios de comunicación y audiencias judiciales), sin haberla podido realizar con base en documentos personales del sospechoso (tales como historia clínica, dictámenes periciales, antecedentes de tipo personal, laboral, académico e incluso posibles antecedentes judiciales en U.S.A), ya que hasta el momento, no se cuenta con ninguno de estos, tal vez por lo reciente de los hechos. 

Dicha aproximación al perfil psicológico se hace con el fin de conocer aspectos psicológicos forenses del típico perpetrador del homicidio de pareja y, profundizar así, tanto en la prevención de este delito, como en su abordaje psicológico forense. 

Se aclara que, en adelante, se hará referencia al citado señor, como “sospechoso” o “indiciado”, dado que aún no ha sido hallado responsable ni, condenado por la justicia Colombiana, única autoridad facultada para declarar como culpable de esos hechos, al mencionado individuo. 

Se ha de empezar por los hechos objetivos: 

El hallazgo del cuerpo, la trazabilidad de los videos y el informe de necropsia suscrito por Medicina legal. 

1) El cuerpo fue hallado dentro de un contenedor de basura, dentro de una maleta de viaje grande, plastificada, de color azul, con sus cremalleras cerradas, y sellada con cinta aislante negra alrededor de la maleta. La parte superior del cuerpo (cuello y cabeza), se hallaban por fuera de la maleta. Cerca del cuerpo se encontró un bolso con pertenencias y documentos de la víctima. 

2) Por otro lado, la trazabilidad de los videos, muestran el ingreso de la víctima y el sospechoso a un apartamento, el viernes 19 de enero, así como diversas entradas y salidas de los dos, el sábado 20 de enero. Igualmente, muestran la salida del sospechoso en la mañana del domingo 22 de enero, en compañía, primero, de una gran cantidad de maletas y paquetes y, finalmente de un carrito de compras o mercado, donde se observa una maleta azul, en cuya parte superior sobresale una cobija de color gris, cubriendo algo en su interior. 

El siguiente video, muestra al mismo sospechoso, abriendo el baúl de su carro y empacando allí dicha maleta, con la citada cobija, para luego, salir del edificio. Dos horas después, las cámaras de video, esta vez del aeropuerto, muestran al mismo sujeto, caminando dentro de ese lugar, hacia la sección de salidas internacionales. Dos días después, fue capturado en ciudad de Panamá, donde se declaró inocente y culpó del homicidio, al “cartel de Medellín” Por su parte, el informe de necropsia suscrito por medicina legal, en sus apartes más relevantes, dice que: “…Cuerpo completo, adecuadamente embalado de mujer adulta joven, vestida con faja, con brassier y media pierna, ropa interior, con signos de estrangulamiento y maniobras de ocultamiento”. “Presenta cinco surcos de presión, de color violáceo, incompletos, paralelos entre sí, en la cara anterior del cuello”. “Presentaba marcada congestión y edema facial, además de signos de trauma múltiples de tipo contundente dispersos en los antebrazos y la región sacra”, “Tenía hematomas en la mucosa labial, mejillas, y abrasiones perinasales”. Todo lo anterior, llevó a que la fiscalía capturara al sospechoso, para imputarle los delitos de feminicidio agravado, ocultamiento y alteración de elementos probatorios. 

En cuanto a datos del sospechoso, se tiene que se trata de un hombre de 35 años, de origen norteamericano, oriundo de Texas U.S.A., profesional, separado (él solicitó el divorcio en 2021), con 3 hijos y, quien profesaba una religión. 

Respecto de la relación con la víctima, se conoce que sostenían una relación de noviazgo desde hace aproximadamente un año, que él había viajado 3 veces a verla, una de ellas a Cancún. Para el 19 de enero de 2023, el aterrizó en Colombia, con el objetivo de empezar convivencia de pareja con ella.

Del comportamiento del sospechoso, al momento de los hechos, se conoce por testimonio de dos amigos de la víctima, que la noche del viernes 20 de enero, el sospechoso acompañó a la víctima a una discoteca, donde ella tenía “un toque como D.J.”, llegando al lugar aproximadamente a las 3:00 a.m., permaneciendo allí por una hora, tiempo durante el cual “el señor no se despegó de ella, parecía un policía”, además, “ell estaba bastante efusivo, como si hubiera consumido drogas”. 

Por otro lado, la víctima había comentado a su amiga que él tenía intenciones de casarse con ella. La misma amiga negó reportes de la víctima, acerca de sentirse violentada, excepto por un extraño mensaje que envió a una aplicación de automóviles, la noche del viernes, cuando estaba con él: “auxilio, estoy en peligro”. 

Los familiares de la víctima, por su parte, narraron comportamientos de celos de él, como preguntarle repetidamente donde y con quien estaba y, celarla con un hombre que al parecer le tocó una pierna. Para la noche del sábado 21 de enero, los videos del pasillo afuera del apartamento lugar de los hechos, muestran varias entradas y salidas de la pareja, así como una última salida de la víctima, cuando se asoma detrás del sospechoso, quien toma el ascensor para ir a recibir un domicilio, ella entra al apartamento y, al sospechoso, se le observa ansioso, caminando de un lado a otro, tomándose la cara y la cabeza. 

Para la mañana del domingo 22 de enero y durante el ya narrado transporte del carrito de compras hacia el baúl del carro, se le nota al sospechoso, con un comportamiento frío pero afanado, curiosamente, sin ninguna intención de ocultarse de las cámaras de video, si bien portaba una gorra deportiva y gafas. 

En la tarde del domingo y mañana del lunes, cuando la familia de la víctima se entera del hallazgo del cuerpo y empieza a buscar al sospechoso, este elimina su perfil de sus redes sociales, descubriéndose, además, que había salido del país rumbo a Panamá y, que tenía tiquetes comprados con destino a Brasil y Estambul, este último, donde no hay tratado de extracción. Una entrevista con personal de la empresa que le alquiló el vehículo automotor al sospechoso, da cuenta de que este le comentó que estaba en Colombia visitando a su novia y que sentía que “ella era mucho para el” y, “que había contratado un investigador privado para que la siguiera” 

Ya aterrizando todo lo anterior, al plano de la Psicología forense, se tiene a un sospechoso, de 35 años, de origen norteamericano, oriundo de Texas U.S.A., profesional, separado (él solicitó el divorcio en 2021), con 3 hijos y, quien profesaba una religión. Al parecer no tenía antecedentes penales, pues no hubiese podido salir de su país, ni ingresar a Colombia. 

De sus antecedentes psicopatológicos no se tiene información, así como tampoco de sus antecedentes personales, familiares, sociales, académicos, ni laborales. Sin embargo, se podría afirmar que, dado que él trabajaba en el sector financiero y había hecho una familia, al parecer tenía un grado de normalidad en el área laboral e interpersonal. Incluso, iba a una iglesia, lo cual, socialmente está asociado con personas respetuosas de los valores. 

Entonces surge la pregunta, ¿qué lleva a un hombre aparentemente normal, a cometer un acto delictivo tan impactante? 

La Psicología forense tiene múltiples explicaciones para ello, entre las que están la presencia de psicopatologías (tales como trastornos psicóticos, esquizofrénicos. de los impulsos, entre otros), trastornos de personalidad (como el antisocial, el narcisista, etc), el consumo de sustancias psicoactivas que unidos a la celotipia y al inadecuado control de la ira (al parecer, la víctima fue hallada con una prótesis mamaria rota, “como si él le hubiera querido arrancar la cirugía que le pagó”, dijo una amiga), lleva a la comisión de un acto delictivo, como lo es el homicidio o feminicidio. 

Según la literatura al respecto, el desencadenante del homicidio de pareja, suele ser la separación decidida por ella,sin embargo, en este caso ello no encaja, pues al contrario de separarse, la víctima y el sospechoso justo en esos días daban inicio a su convivencia. Ese desencadenante suele ir acompañado de una historia de violencia de pareja (malos tratos habituales, de tipo físico, verbal, psicológico y/o sexual), conformada por múltiples conflictos de celos, posesión, control de comportamiento de la víctima, impulsividad extrema, dependencia emocional. Para el caso en cuestión, la variable de los celos al parecer si está presente, maximizado por la baja autoestima que al parecer presentaba el sospechoso, en cuanto a que sentía poco merecimiento de la compañía y afecto de la víctima. 

Con estos antecedentes, difícil le quedaría al acá procesado, alegar dos situaciones de eximentes de responsabilidad penal, que suelen presentarse en este tipo de casos: La inimputabilidad o, el atenuante de la ira e intenso dolor. 

En la primera, se prueba la comisión del hecho por parte del acusado pero, se prueba que cometió el homicidio, bajo el influjo de un trastorno psicopatológico que afectó su capacidad para entender el acto que cometía y, para dominar su voluntad respecto de ello. En el caso que nos ocupa, la trazabilidad de los videos muestra a un sujeto que tiene todo un escenario preparado para la comisión del delito, como, por ejemplo: a) haber alquilado el apartamento por sólo 4 días (extraño, pues supuestamente empezaba convivencia con la víctima), b) tener cinta aislante negra en un apartamento que no era de su propiedad, c) tener comprados tiquetes para dos destinados bien equidistantes: Brasil y Estambul. 

En otras palabras, al parecer el sujeto entendía todo cuanto hacía, tenía comprensión de los hechos y sus consecuencias, en palabras psicológicas forenses, todo su aparato cognitivo (juicio, raciocinio, lenguaje, memoria), funcionaba normalmente como para emprender y ejecutar los actos específicos nombrados (adquisición de cinta aislante y tiquetes aéreos). 

De igual manera su voluntad parece no comprometida, evidente en los videos donde el comportamiento ansioso del sospechoso, caminando de aquí para allá y tomándose la cabeza, son indicadores de preocupación, debiéndose recordar que la preocupación psicológicamente está asociada a hechos futuros, a algo que el sujeto prevé está por ocurrir. 

El punto es que, si este sospechoso, ya en juicio, lograse probar que no tenía este entendimiento de los hechos ni voluntad para haberlos evitado, debido al padecimiento de alguna alteración o trastorno psicológico durante los hechos, la justicia procedería a declararlo inimputable, pues estima que no puede procesar ni condenar a una persona que no entiende por qué se le juzga. 

Valga aclarar, que el Psicólogo forense se encarga de explicar cómo incidió el trastorno psicológico sobre el comportamiento del acusado al momento de los hechos, dejando en manos del juzgado, su determinación de si ello ocurrió así y, si por ende, debe declararlo inimputable. En el caso del atenuante por ira e intenso dolor, se da cuando la persona que comente el acto homicida, lo hace en un momento en que percibe un hecho lesivo para él, del cual no puede reaccionar de una manera diferente que con ira e intenso dolor psicológicos. Ejemplo típico de esto, es la madre que llega a casa y encuentra a su pareja varón, accediendo carnalmente a su pequeño hijo, por lo que procede a dar muerte al agresor. Nótese que se trata de una agresión que la señora no había previsto, que encuentra de sorpresa, que impacta tanto su pensamiento y produce tanta acumulación de ira, que solo puede calmarla, dando muerte al perpetrador de su dolor. 

Resulta obvio entonces, que el sospechoso no presentaba un comportamiento compatible con “la ira e intenso dolor” iniciada en el acto, pues al parecer él viajó a Colombia solo para cometer el hecho delictivo, si se tiene en cuenta que alquiló el apartamento por cuatro días (lo cual no encaja con el inicio de una convivencia), al igual que el vehículo y, que previamente había contratado a un investigador privado que siguiera a la víctima, investigador quien al parecer le rindió un demoledor informe: su pareja le había sido infiel en Aruba, meses atrás, usando para ello, un dinero que el sospechoso le había girado. Si bien esto por supuesto causa ira, el tiempo de premeditación del hecho, hace no encajar el comportamiento del sospechoso en ese atenuante, pues el sujeto tuvo varios días, quizás semanas o meses para haber encontrado como calmar su dolor, sin acudir al homicidio de la joven. 

En este orden de ideas, ningún comportamiento, reacción, alteración o trastorno psicológico, podrían respaldar un alegato de ira e intenso dolor por parte del sospechoso. 

Desde el punto de vista de la Psicología forense, el caso resulta atípico, porque la relación no estaba caracterizada por algunos de los indicadores conductuales del agresor generalmente presentes: posesión, aislamiento de la pareja de familiares y amigos, recurrir a amenazas o control como medio de intimidación a la víctima, estilo de comportamiento violento en general, agresiones verbales, historia de violencia con parejas anteriores, consumo excesivo de alcohol o drogas, presencia de actitudes o creencias acerca de la subordinación de la mujer frente al hombre. Siendo atípico, le quedaba difícil a la víctima y su familia, predecir el terrible final que tendría esta relación, pues como se ha dicho, no se conocían amenazas previas de parte del sospechoso, ni miedo de la víctima a compartir o vivir con él, ni historial de agresiones, ni antecedentes personales, ni conductas típicas que ayudaran a alertar a la víctima y prever el impactante final de la vida que tendría la joven D.J., lo cual lo convierte, por ahora, en un homicidio silencioso. 

Así las cosas, del sospechoso sólo se conocía la conducta celotípica que, paradójicamente, se encuentra socialmente aceptada, pues “es indicador de estar enamorado de o, interesado en”. 

Para la Psicología forense, el caso resulta entonces, algo atípico, no sólo por las anteriores razones, sino porque en este momento, no se tiene certeza acerca de si en este caso sucedió lo que señala la literatura sucede con mucha frecuencia: el agresor alcanza un nivel elevado de obsesión con su pareja, tipo “mi vida no tiene sentido sin ella”, no concibiendo un proyecto de vida sin ella, llegando incluso a aislarse de su familia, amigos, trabajo, descuidándose, dejándose consumir por el alcohol o las drogas, que lo llevaran a sentir “que no tiene nada para perder”, resultando todo ello en el homicidio de su pareja. 

Será en todo caso, el conocimiento de más detalles personales, criminalísticos y forenses del caso, los que podrán ayudar a explicar, qué pasó por la mente de quien finalmente cegó la vida de la joven Valentina Trespalacios.


Psicóloga forense ALEXANDRA RODRIGUEZ. Enero 31 de 2023


jueves, 24 de noviembre de 2022

Agresiones sexuales en el Perú. Factores de riesgo en adolescentes en conflicto con la ley penal por agresiones sexuales

 Agresiones sexuales en el Perú. Factores de riesgo en adolescentes en conflicto con la ley penal por agresiones sexuales

(MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, 2019)


Los y las adolescentes son la población que representa el futuro de nuestro país. En el Perú del Bicentenario, ellos y ellas serán quienes conduzcan las riendas del Perú. Por ello, resulta especialmente importante reinsertar a la sociedad a los Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal, y poner especial interés en quienes pasan por situaciones de vulnerabilidad frente al crimen y las violencias. Así, una de las acciones entorno a la cual venimos realizando mucho esfuerzo para su comprensión y reducción está vinculada con las conductas de adolescentes que infringen la Ley Penal y, dentro de ellos, especialmente, los que ejecutan infracciones asociadas con las agresiones sexuales. Con la conducción del Sistema de Reinserción Social del Adolescente en Conflicto con la Ley Penal (SRSALP) por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se tiene la necesidad de generar investigaciones en el campo, que fortalezcan la implementación de acciones para la resocialización.

Atendiendo a ello, nuestro Observatorio Nacional de Política Criminal – INDAGA, desarrolló la investigación que aquí presentamos, y cuyo objetivo radica en identificar los factores de riesgo existentes en los adolescentes vinculados a la comisión de agresiones sexuales. La investigación busca describir y analizar las características sociodemográficas, actitudes, condiciones y trayectorias de socialización de los Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal internos en los Centros Juveniles de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima y Marcavalle – Cusco, sancionados por agresiones sexuales.

Este estudio es el primero en su tipo realizado en el Perú, y si bien, representa de modo exploratorio una primera entrada a la comprensión de los factores, actos, pensamientos y acontecimientos vividos por los Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal (ACLP) por delitos sexuales, sus hallazgos constituyen un aporte novedoso en el área, que parte de la experiencia propia de nuestros adolescentes, entendiendo que los mismos representan una población de especial protección. 

Los aspectos conclusivos constituyen, de igual forma, un insumo valioso para funcionarios, actores claves y ciudadanía, toda vez que los resultados muestran una perspectiva sobre la violencia sexual en adolecentes no antes valorada, y ofrece un conjunto de recomendaciones orientadas a la atención de situaciones de vulnerabilidad y riesgo de niños, niñas y adolescentes.

 Propiciar nuevos estudios que permitan delinear las acciones más efectivas para la atención de la población y la lucha contra los comportamientos delictivos, es una necesidad actual que desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, venimos desarrollando.

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos


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Acciones para Evitar la Revictimización del Niño Víctima del Delito. Manual para Acompañar a Niños a través de un Proceso Judicial

 Acciones para Evitar la Revictimización del Niño Víctima del Delito. Manual para Acompañar a Niños a través de un Proceso Judicial

(ODI, 2006)


Este libro es producto directo de las experiencias recogidas durante el litigio y acompañamiento de niños víctimas y sus familias. Es por ello que deseamos agradecer en particular a los miembros de la Clínica de Interés Público coordinado en conjunto con el Centro de Investigaciones y Docencia Económicas (CIDE) con quienes compartimos aprendizajes y articulamos crecimientos. 

El presente libro debe un enorme agradecimiento al Programa de Coinversión Social de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del Distrito Federal, quienes apoyaron desde el inicio la elaboración del proyecto. La ayuda del Fondo Canadá para Iniciativas Locales nos ha permitido publicar el presente libro. Su apoyo ha sido un soporte fundamental para la ampliación y perfeccionamiento de nuestra labor. 

También deseamos agradecer el apoyo brindado por la Fundación Kellog. Su apoyo a proyectos innovadores, que conciben la defensa de los derechos desde el plano de la justicia y la redignificación, ha constituido otro gran sostén en nuestro desarrollo. Sobre todo, agradecemos a las muchas familias, adultos y niños que nos han permitido acompañarlos durante el proceso de administración de justicia. Con ellos, hemos detectado dificultades y construido alternativas que han servido como herramientas para enfrentar situaciones críticas. 

El valor, entereza y dignidad que nos han mostrado nos han enseñado cuáles son los ejes y guías fundamentales para la defensa de la infancia víctima. 


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Abuso sexual infantil. Cuestiones relevantas para el tratamiento en la justicia

 Abuso sexual infantil. Cuestiones relevantas para el tratamiento en la justicia

(Sandra Baita et al, 2015)

El libro Abuso sexual infantil: Cuestiones relevantes para su tratamiento en la justicia pretende ser una herramienta de apoyo a la labor de los operadores judiciales —y de otras disciplinas— a la hora de enfrentarse con situaciones de abuso sexual en niños, niñas y adolescentes. 

El material fue elaborado en el marco del curso del mismo nombre en el que participan jueces, fiscales, defensores públicos y técnicos del Instituto Técnico Forense de todo el país. Este curso se viene llevando a cabo desde el año 2010, dentro de la cooperación entre el Centro de Formación de la Fiscalía General de la Nación, el Centro de Estudios Judiciales del Uruguay y la Oficina de unicef en Uruguay. 

El libro, escrito en lenguaje claro y preciso, trata todas las aristas y dimensiones que hacen al problema, y profundiza en aquellos aspectos más complejos vinculados al ámbito de la justicia. Además del índice de contenidos, en las últimas páginas el libro presenta un índice analítico cuyo fin es llevar al lector ágilmente a la información que está necesitando.

Se espera que este texto resulte de apoyo al quehacer profesional de operadores y técnicos del sistema de protección de la infancia, para contribuir así a generar mejores condiciones de acceso a la justicia para los niños y niñas. 


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Abordaje psicolegal de los agresores sexuales y sus repercusiones forenses

 Abordaje psicolegal de los agresores sexuales y sus repercusiones forenses

(Iranzu Seminario Azcárate, 2019)

Resumen

El interés por delitos de agresión sexual ha aumentado en los últimos años. Casos controvertidos como el de “La Manada”, en el año 2016 en Pamplona, han logrado que la respuesta de los ciudadanos sea unánime en cuanto a la persecución de este tipo de victimarios. 

Pese a este aumento de la conciencia social la delimitación de este tipo de delitos sigue siendo una tarea compleja. 

El presente trabajo trata de revelar las tipologías y las características de personalidad más comunes de los agresores sexuales de mujeres adultas, así como las causas que le llevan a cometer un delito contra la libertad sexual, el tipo de tratamientos que se les aplica y las probabilidades de reincidencia.

Los resultados a los que se han llegado ponen de manifiesto que los rasgos de personalidad subyacente más habituales en agresores sexuales son los antisociales, compulsivos, agresivo-sádicos y límites. Igualmente, la impulsividad y las distorsiones cognitivas son variables a tener en cuenta a la hora de explicar la comisión del delito. 

Los estudios centrados en las causas ponen el foco en las carencias afectivas durante la infancia y la socialización para explicar la consolidación del patrón disfuncional en el plano sexual de este tipo de sujetos. En relación al tratamiento, se ponen de relieve datos de reincidencia más bajos en aquellos sujetos con buenas adherencias, siendo este último punto un eje central del debate social y científico.

Palabras clave agresores sexuales, agresión sexual, delitos sexuales, psicopatología, etiología.


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50 preguntas sobre la cadena de custodia

50 preguntas sobre la cadena de custodia

(ANA PAMELA ROMERO GUERRA et al, 2012)

A dos años de haberse publicado esta obra de gran importancia para la materia, resulta fundamental resaltar que su origen y objetivo primordial fue atender las dudas de las y los servidores públicos, a quienes el Acuerdo A/002/10 apenas les había asignado nuevas responsabilidades en materia de cadena de custodia. 

Por esto, la Procuraduría General de la República reunió, de sus diferentes áreas, a expertas y expertos que se dieron a la tarea de responder oportuna y claramente dichas dudas y preocupaciones. En el inacipe tuvimos el honor de participar en las mesas de discusión que se realizaron en torno a este tema; además moldeamos el resultado en un formato académico, pedagógico y ágil, para sintetizar la información en el libro que tiene ahora en sus manos.

De la misma manera como este esfuerzo se realizó en equipo —con una gran coordinación, cooperación y armonía—, así precisamente se debe desarrollar la cadena de custodia, teniendo en cuenta siempre que, de la precisión de ésta dependerá la obtención de indicios, evidencias, medios de prueba y pruebas que sean seguros, confiables y protegidos en todo momento, para que puedan brindarnos certeza en el procedimiento penal. 

Sin embargo, no debemos quedarnos sólo con este gran esfuerzo, también es menester seguir en una continua y permanente revisión y mejora de todo protocolo, guía y manual. En atención a esta necesidad, la Procuraduría General de la República publicó en este año el Acuerdo A/078/12, que complementa y actualiza al Acuerdo A/002/10. Esto no significa que el Acuerdo A/002/10 pierda vigencia o eficacia, sino que no podemos olvidar que todo trabajo en las ciencias penales se debe revisar, actualizar y mejorar día con día, porque nunca tenemos la última palabra y porque la gran constante en la ciencia es el cambio. En la medida en la que nos adaptemos a este perpetuo movimiento, tendremos más y mejores herramientas en la importante labor de procurar y administrar justicia penal. Ha sido siempre un honor y un privilegio colaborar en proyectos como éste.

Ana Pamela Romero

Guerra Profesora-investigadora inacipe Agosto de 2012


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sábado, 9 de mayo de 2020

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR: EL DANO PSICOLÓGICO SUFRIDO SE PRUEBA A TRAVÉS DEL PERITAJE PSICOLÓGICO



VIOLENCIA INTRAFAMILIAR: EL DANO PSICOLÓGICO SUFRIDO SE PRUEBA A TRAVÉS DEL PERITAJE PSICOLÓGICO

El pasado 20 abril, se conocieron las más recientes estadísticas sobre violencia intrafamiliar en Colombia, en el marco de la emergencia sanitaria causada por el COVID-19. En Bogotá, se registraron aproximadamente 9.000 llamadas a las líneas “púrpura” de la Secretaría de la mujer, durante la cuarentena obligatoria. En Cundinamarca, Antioquia y Santander, se recibieron 122 llamadas, un aumento significativo, pues antes se recibían 53.

Si bien estos datos corresponden al número de llamadas y no de denuncias, se estima que estas últimas puedan ser igualmente significativas, dato que se precisará cuando las fiscalías y comisarías puedan normalizar sus actividades, las cuales han estado alteradas y casi paralizadas, por la misma emergencia sanitaria ya anotada.

Ya en el plano psicológico, parece fácil inferir que el aumento de las llamadas, está directamente ocasionado por el confinamiento. Que las familias, al permanecer tanto tiempo juntas, empiezan a experimentar situaciones tensionantes que terminan desencadenado los conflictos. Tales situaciones van desde hábitos tan simples, como que los niños empiezan a dormirse tarde, a no prestar atención a su profesora virtual, no colaboran con los quehaceres domésticos, hasta la escasez de dinero por parte de los padres, quienes no están laborando de manera normal y, se dejan invadir por la incertidumbre y zozobra que produce el no saber qué pasara con su empleos (o negocios), salarios y obligaciones crediticias.

Esas denuncias, dan inicio a procesos judiciales ante las comisarías de familia y fiscalía. En las primeras, el proceso es administrativo, donde la presunta víctima puede solicitar una medida de protección que terminará en una sanción para el acusado, que va desde una amonestación, hasta el desalojo de la vivienda familiar, entre otras. En fiscalía, las sanciones son penales, por ende más graves para el acusado, pues podría terminar privado de la libertad.

En cualquiera de los dos tipos de procesos, la víctima necesita probar que sí ha sido violentada física, verbal, psicológica o sexualmente, pues así lo demanda el sistema judicial, no sólo para castigar al señalado de las agresiones sino, para que la víctima pueda recibir una compensación justa, que va desde el acceso a hogares de paso, tratamiento psicológico, hasta indemnizaciones con las que pueda cubrir el costo de estos tratamientos y, otros danos, como no haber podido laborar, por ejemplo
.
En todo caso, una de las maneras de probar tales situaciones, es a través del peritaje psicológico privado (el público es prácticamente inexistente), donde se realizan entrevistas forenses a la víctima, aplicación de instrumentos psicológicos, análisis de documentación (historia clínicas y demás documentos de soporte), entrevistas colaterales, entre otros métodos de evaluación, con el cual se puede identificar y precisar del daño psicológico ocasionado, e incluso la lesión psicológica infligida. Este trabajo forense, puede ser aportado al proceso por la víctima (o por su abogado), para que obre dentro del mismo, siempre y cuando se haga dentro de los términos (tiempos) judiciales previstos para ello. Valga mencionar, que sin este tipo de pruebas, el proceso se centraría en otros elementos de prueba, como lo son los testimonios, con los cuales será más difícil, demorado e insuficiente, probar lo alegado por la víctima.

Alexandra Rodriguez, Psicóloga forense. E-mail: alexandrarodriguezpsicologa@gmail.com